El inicio de 2026 trajo consigo un nuevo aumento al salario mínimo en México, como parte de la política de recuperación del poder adquisitivo impulsada en los últimos años. A partir del 1 de enero, ningún trabajador puede percibir un ingreso inferior al mínimo legal establecido por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, decisión aprobada por unanimidad en su Consejo de Representantes y de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional.
De acuerdo con la Conasami, el salario mínimo general pasó de 278.80 a 315.04 pesos diarios, lo que representa un incremento de 13 por ciento. Este ajuste se integró por un Monto Independiente de Recuperación de 17.01 pesos y un aumento adicional de 6.5 por ciento, con el objetivo de fortalecer el ingreso de los hogares con menores percepciones sin generar efectos inflacionarios significativos.
En la Zona Libre de la Frontera Norte, el salario mínimo también se actualizó, aunque con un incremento de 5 por ciento, al pasar de 419.88 a 440.87 pesos diarios. La autoridad laboral explicó que en esta región el aumento fue menor debido a que el salario ya había alcanzado metas previas de recuperación del poder adquisitivo, en comparación con el resto del país.
Con estos ajustes, el salario mínimo general mensual en 2026 se ubicó en 9,582.47 pesos, mientras que en la frontera norte alcanzó los 13,409.80 pesos mensuales. Estas cifras se convirtieron en el nuevo referente legal que los empleadores deben respetar, independientemente del sector o actividad económica, sin necesidad de que los trabajadores realicen trámites adicionales.

Una de las principales dudas entre las personas trabajadoras es cómo se refleja el aumento cuando el pago se realiza de forma quincenal. En el caso del salario mínimo general, el cálculo estándar consiste en multiplicar el salario diario por 15 días, lo que da como resultado un ingreso mínimo de 4,725.60 pesos por quincena antes de impuestos.
Para quienes laboran en la Zona Libre de la Frontera Norte y reciben su salario de manera quincenal, el monto mínimo legal es de 6,613.05 pesos, resultado de multiplicar los 440.87 pesos diarios por 15 días. Estos montos deben verse reflejados de forma íntegra en los recibos de nómina de las personas que perciben el salario mínimo.
El incremento también impactó a los salarios mínimos profesionales correspondientes a 61 oficios y actividades reconocidas por la autoridad laboral. Estas remuneraciones se ajustaron en el mismo porcentaje que los salarios generales de su área geográfica, con rangos que van desde poco más de 9 mil 500 pesos mensuales hasta más de 21 mil pesos, según la ocupación.
Las autoridades laborales recordaron que pagar menos del salario mínimo constituye una falta grave a la Ley Federal del Trabajo. Las sanciones van desde multas económicas que pueden superar los 360 mil pesos hasta penas de prisión, dependiendo del monto omitido y de la reincidencia, por lo que se llamó a empleadores y centros de trabajo a cumplir estrictamente con el nuevo tabulador vigente.
