La gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román, enfrentó un revés judicial luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechara la queja que interpuso en contra del empresario Ricardo Salinas Pliego. La mandataria acusaba violencia política de género en su contra, pero los magistrados determinaron que la vía electoral no era la instancia adecuada para atender el caso.
El fallo, calificado como definitivo e inatacable, frenó las intenciones de Sansores de que prosperara su recurso legal. Durante la discusión, cinco magistrados coincidieron en que la denuncia no guarda relación con el ámbito electoral y, por tanto, debe ventilarse en otras instancias jurídicas. La decisión anuló también las medidas cautelares que habían sido dictadas previamente por la autoridad electoral en Campeche.
Los magistrados argumentaron que el Instituto Electoral local carecía de facultades para admitir la denuncia y mucho menos para imponer sanciones o restricciones. Afirmaron que la naturaleza de los señalamientos hechos por Salinas Pliego no tenía vínculo alguno con el desempeño de Sansores como titular del Ejecutivo estatal ni con el ejercicio de la función pública.
En su análisis, la Sala Superior subrayó que en las publicaciones cuestionadas no existía incidencia en el cargo que ostenta la gobernadora, lo que reforzó la improcedencia del caso. El tribunal recordó que únicamente puede intervenir en asuntos que afecten de manera directa derechos político-electorales, lo cual no se acreditó en esta ocasión.
Con la revocación, se cerró definitivamente la posibilidad de que Sansores buscara justicia a través del Tribunal Electoral. En consecuencia, la mandataria deberá recurrir a otro tipo de instancias legales si decide continuar con su denuncia en contra del empresario.
La resolución también dejó en evidencia el actuar de los representantes legales de la gobernadora, pues los magistrados señalaron que presentaron un recurso improcedente. El caso evidenció que, pese a las advertencias sobre la inviabilidad jurídica del asunto, la defensa insistió en litigar por la vía electoral una queja que carecía de sustento en ese ámbito.
