El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó sobre la sentencia absolutoria dictada a Israel Vallarta Cisneros, acusado de liderar una banda de secuestradores en 2005. La resolución se sustentó en criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que reconoció una escenificación mediática durante la detención, la cual contaminó el proceso judicial al influenciar tanto a testigos como a víctimas.

Según la sentencia, fueron invalidados los documentos policiales por falta de probidad, además de que se excluyeron los reconocimientos realizados por las víctimas al haberse hecho sin defensor y de manera inducida. También fue desechada la confesión de Vallarta al comprobarse que fue obtenida mediante tortura, lo que comprometía la legalidad del proceso penal.

La jueza Mariana Vieyra Valdez, titular del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en Toluca, valoró diversos elementos para probar la tortura, como dictámenes médicos y psicológicos basados en el Protocolo de Estambul, las imágenes de la detención transmitidas en televisión, así como el testimonio de un testigo y una recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

El fallo también tomó en cuenta el amicus curiae presentado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México y una opinión técnica de la Secretaría de Gobernación, al concluir que las autoridades no lograron explicar las lesiones sufridas por el inculpado durante su detención.

La jueza desestimó además dos declaraciones de personas inculpadas, ya que fueron emitidas en averiguaciones previas distintas y con alegatos de tortura. A su vez, se restó valor a pruebas que no aportaban indicios firmes contra Vallarta, como el testimonio de una víctima que cambió su versión sobre el reconocimiento del presunto secuestrador.

Finalmente, el tribunal consideró una prueba clave: un peritaje en foniatría que concluyó que la voz registrada durante las llamadas de negociación de secuestros no correspondía a la de Vallarta. Con estos elementos, se dictó la sentencia absolutoria y se ordenó su liberación inmediata.

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