A partir del próximo 17 de junio, todos los centros de trabajo en México estarán obligados a cumplir con la llamada “Ley Silla”, una reforma a la Ley Federal del Trabajo que busca garantizar el derecho de los empleados a contar con un asiento adecuado durante sus jornadas laborales. Esta disposición responde a años de quejas de trabajadores de sectores como supermercados, tiendas departamentales, restaurantes y seguridad privada, donde es común mantenerse de pie durante largos periodos sin oportunidad de descanso.

La reforma, aprobada por unanimidad en el Senado en 2024 y publicada en el Diario Oficial de la Federación, establece que los empleadores deben proporcionar asientos con respaldo a sus empleados tanto en tiempo de descanso como en periodos de inactividad laboral. Esta medida aplica a todas las industrias del país, sin excepción, incluyendo manufactura, salud, comercio y servicios. La finalidad es evitar daños a la salud como várices, problemas circulatorios, fatiga muscular o lesiones articulares, que son frecuentes en trabajos que exigen estar de pie durante horas.

Además de ofrecer mobiliario ergonómico, las empresas deberán implementar pausas activas y ajustar sus reglamentos internos para cumplir con estas nuevas disposiciones. Contarán con un plazo de 180 días naturales para realizar los cambios necesarios. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitirá lineamientos adicionales sobre factores de riesgo postural en un plazo máximo de 30 días después de la entrada en vigor de la ley.

Aunque la ley no especifica un tiempo fijo de descanso, sí ordena que las sillas estén disponibles en todo momento para que el personal pueda usarlas cuando no tenga tareas activas. Especialistas en salud laboral recomiendan permitir al menos cinco minutos de descanso sentado por cada hora de trabajo continuo para reducir riesgos físicos, especialmente en turnos que superen las seis horas diarias.

Las consecuencias para las empresas que incumplan con esta ley van desde amonestaciones hasta severas multas económicas. Las sanciones económicas oscilan entre 250 y 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, entre 28,000 y 280,000 pesos, dependiendo de la gravedad de la infracción y la reincidencia. En los casos más serios, incluso se contempla la suspensión temporal de actividades.

Las inspecciones y sanciones estarán a cargo de la STPS y de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, además de que los trabajadores podrán denunciar de forma anónima cualquier incumplimiento a través de los canales oficiales de la STPS o de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Esta reforma marca un cambio importante en las condiciones laborales del país, al priorizar el bienestar físico de quienes cumplen largas jornadas laborales de pie.

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